Una fianza de fidelidad tiene por objeto garantizar la indmemnización de daños patrimoniales que causa un empleado, solo o en conspiración con terceros. La definición encara un crimen o delito de “deshonestidad”.   Robo, fraude, abuso de confianza, estafa o peculado en contra de los bienes del empleador son ejemplos de estos actos.  Se refiere a la fianza de fidelidad también como “fianza de deshonestidad” o “póliza de crimen comercial”. Se puede girar este tipo de fianza colectiva o individualmente.  La colectiva es un “abrigo”, cubriendo todos los empleados, auto-administrable, y el monto total de la fianza es común para cualquier empleado.  La colectiva es el formato mas popular hoy en día.  La individual especifica el nombre o puesto del individuo fiado y el monto por el que se encuentra afianzado. Suele verse estas fianza de indivíduos nombrado entre los sindicatos (trade uniones) y puesto gubernamentales. Cada empleado está seleccionado y aceptado “individualmente” por la afianzadora.

La fianza de fidelidad es bien popular para toda clase de empresas pero mucho más para las pequeñas (PYMES y MiPYMES), especialmente servicios de limpieza y maniobra.  Se puede ampliar las coberturas de esta fianza por sobrescrito para mitigar riesgos especiales y específicos de una compañía u actividada mercantil particular.

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