Fianza de contratista (DACO)

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Bond Penalty: $4,000 o Más Según Volumen

Según la Ley Núm. 146, un contratista es, "una person anatural o jurídica que somete una propuesta u oferta de construcción, administra, dirige o en cualquier otra forma directa o indirecta, asume la dirección de una obra de construcción o merca su servicio como tal. El término también incluye a los subcontratistas o cualquier contratista especializado y a toda persona que se dedique a la industria de la construcción." Subsección §1020c, dicta que cada solicitante para una licencia radica una fianza de contratista, entre otros requisitos. Conforme con el Reglamento, el contratista tiene que certificar su volumen de negocio en su solicitud de registro o renovación de la inscripción anual para determinar el monto de la fizna. A todo contratista nuevo que no tenga historial de negocio, se le requerirá una fianza de contratista mínima de cuatro mil dólares ($4,000.00) correspondiente a un volumen de negocio de cincuenta mil y un dólares ($50,001.00). A medida que crece el volumen, se aumenta la cantidad de fianza exigida según la formula del DACO.

  • $0 - $50,000: 10%
  • $50,001 a $99,999: 8%
  • $100,000 a $499,999: 6%
  • $500,000 o más: 4%
  • Mínimo $4,000

La fianza de contratista garantiza el fiel cumplimiento con las leyes y reblamentos promulgados por DACO, e indemniza las partes perjudicadas por incumplimiento de contrato con clientes del contratista. El término prescriptivo para presentar una querella o demanda al amparo de tales leyes y rreglamentos será de seis (6) meses en caso de defectos en bienes muebles y de dos (2) años en caso de bienes inmuebles, contados a partir de la terminación de las obras específicas.

Si el contratista se dedica a obras de construcción de vivienda sin ser éstas afianzadas, se le impondrá una multa administrativa por una cantidad mínima de cinco mil dólares ($5,000) hasta un máximo de diez mil dólares ($10,000). La multa se le impondrá a la persona natural o a los miembros de la Junta de Directores, en caso de ser persona jurídica, o a socios, en caso de una sociedad legal. Además de la fianza de contratista, un candidato para la licencia debe radicar una solicitud, certificación de deuda de ASUME y copia de la licencia de conducir del Individuo o del representante de la entidad corporativa entre otros requisitos.

Líder nacional del ámbito afianzador, Surety One, Inc. brinda tres décadas de experiencia en sector, ofertando fianzas de contratista en Puerto Rico, las Islas Vírgenes y todos lo cincuenta estados de los EEUU. Para cotizar una simple fianza comercial hasta veinticinco mil dólares ($25,000) necesitamos una solicitud más nada. Para montos más altos nos hace falta revisar los estados financieros personales y empresariales del/la solicitante. El estado crediticio personal del individuo y/o propietario(a) de una empresa importa PERO ofertamos programas especiales para solicitantes con el crédito dañado o falta de historial crediticio. ¡No rechazamos a NADIE!

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MAS SOBRE FIANZAS DE "CONTRATISTA" Una fianza de contratista es uno de los productos más populares en el occidente pero, ¿qué es esta fianza? Varias partes pueden exigir ue un contratista radique una fianza. Dueños de obras públicas y privadas, agencias gubernamentales de estados y municipios y aseguradores de pólizas de responsabilidad profesionales. Estas son algunas de las más comúnes.

  • Fianzas de Licencia y Permiso (L&P) - exigidos por estados y muncipios. Pueden fiar cumplimiento con reglamentos y código pero también salarios y beneficios de empleados de un contratista.
  • Fianzas de Fidelidad - Son pólizas de seguro que protejan terceras partes de los actos deshonestos de un contratista y sus subs. Cuando un contratista declara que su compañía "está fiada", refiered a esta misma clase de fianza.
  • Fianzas de Licitación, Fiel Cumplimiento y Pago - Son éstas, fianzas particulares para garantizar obras de construcción o acuerdos de servicios de largo plazo.