Por medio de la fianza, contratistas pueden acceder al mercado de obras públicas y proyectos más grandes, así mejorando sus ofertas y rentabilidad. Un artículo por el licenciado Israel O. Alicea, se trata del mismo “Todo sobre las fianzas en proyectos de construcción“. En algún detalle, Alicea define la fianza (lo mismo aplica a TODA obra, no solamente la de condominios), y cual papel clave juega el uso de la fianza en proyectos de construcción. Según las estadísticas más recientes emitidas por la Asociación de Fianza y Fidelidad de América (SFAA por su siglas en inglés), el mercado “fiado” supera nueve TRILLONES de dólares anuales, así que no es de más que un contratista se ponga al día con estas oportunidades.
Dice Alicea, “Al hablar de fianzas para proyectos de construcción las podemos dividir en la de ejecución o cumplimiento (“Performance Bond”) y la de pago (“Payment Bond”).” Entrando en más detalle, la fianza de fiel cumplimiento garantiza tres obligaciones distintas, las cuales son:
- El contratista terminará la obra según las especificaciones del contrato y cualquir pedido de cambios que surgen durante la persecución del trabajo.
- El contratista cumplirá con sus deberes según el precio acordado antes de comenzar el trabajo (se puede aumentar por pedido de cambios).
- El contratista terminará la obra dentro del plazo acordado (fecha) en el contrato.
La fianza de pago suele girarse junto con la fianza de fiel cumplimiento, considerado parte de la de ejecución. Este instrumento garantiza dos obligaciones particulares.
- El contratista pagará toda deuda contraida entre él/ella y sus suplidores.
- El contratista pagará toda factura proveniente de sus subcontratistas, empleados y obreros independientes.
Porque estas dos partes tienen derecho radicar un gravamen contra la propiedad del cliente, al garantizar estos pagos, el cliente (dueño de la propiedad/obra) puede esperar la entrega de un proyecto completo libre de gravamenes. Estas fianzas son obligatorias al contratar con el gobierno federal cuando el valor del proyecto supera $150,000 (según el “Miller Act“), así que son especialmente relevantes dado el posible prejuicio al dominio público.
Ausente del artículo es un comentario sobre la fianza de licitación que de verdad es el “portón” por el cual un contratista entra al mundo de trabajo fiado. Una fianza de licitación de radica junto con el estimado cuando al responder a un pedido de propuestas (RFP). Esta fianza garantiza que si al contratista el obligante le adjudica el contrato que el mismo sí firmará el contrato final al precio ofertado, Y que el afianzador sí entregará las fianzas de fiel cumplimiento y pago. Por esta razón la suscripción y aprobación de un solicitante de fianza antes de la radicación de una oferta o participación en subasta pública es primordial. Esta “precualificación” es el paso clave para cualquier contratista que desea acceder al trabajo público.
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